Ley del patrimonio natural y la biodiversidad
Una ley punitiva, ambigua, intervencionista y
confiscatoria
(Noticiascadadía).- El 14 de diciembre de 2007 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 42/2007, de 13 diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, entrando en vigor al día siguiente en sustitución de la Ley de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres de 1989 y, de alguna forma, adaptando nuestra legislación medioambiental a las directivas europeas de Aves y Hábitats.
Esta Ley, que ha sido impulsada por la ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, es muy extensa, y ya antes de su aprobación el mundo de la caza reaccionó con dureza ante las amenazas que el Proyecto de Ley suponía para la práctica de la caza: perdiz con reclamo, prohibición del plomo en los cartuchos… Algunas de estas cuestiones como la de la perdiz con reclamo se solucionaron parcialmente con enmiendas de última hora. Sin embargo, en lo agrario, la falta de concreción en la Ley ha hecho que esta pase algo más desapercibida, lo que en absoluto significa que el sector agrícola, ganadero y forestal no se van a ver tremendamente afectados por esta norma.
Muy al contrario, esta Ley tendrá un enorme coste para todos los agricultores y ganaderos españoles, especialmente aquellos que desarrollan su actividad en espacios protegidos, que en España ocupan 12,5 millones de hectáreas, la cuarta parte de toda la superficie nacional goza de alguna figura de protección, lo que en la práctica introduce una serie de limitaciones, sin compensación, para las actividades económicas que pretendan desarrollar los titulares de esas tierras.
La Ley, que en su dilatado proceso de tramitación se ha vuelto cada vez más ambigua, da soporte legal a los planes de gestión y medidas de conservación, llenas de limitaciones y restricciones, de los espacios que conforman la Red Natura 2000, en la que se está incluido el 25,51% del territorio español, que a su vez, supone el 40% del territorio Natura 2000 en el conjunto de la UE-15. De ahí la preocupación del sector agrario, que en estos espacios es obligado a practicar una “agricultura tradicional”, que a base de continuas prohibiciones, es obligada a renunciar a una modernización y a una tecnología imprescindibles para evitar el inevitable abandono de la actividad que generó esos espacios.
El desacuerdo de ASAJA-Andalucía con la ley recién aprobada no es nuevo, puesto que en muchos aspectos coincide con las mismas alegaciones que ya mostramos en su día a la ley andaluza de Flora y Fauna y que desgraciadamente no conseguimos modificar. Se trata de una norma extremadamente conservacionista, y redactada de espaldas al empresariado rural en general, y agrícola, ganadero, forestal y cinegético en particular, a quienes se expone a un futuro incierto por cuanto se limita su desarrollo económico y al que se acusa, una vez más, de todos los males que hacen referencia a la conservación de la naturaleza sin reconocer la aportación que la caza y que los propietarios privados han realizado durante años a la conservación de la biodiversidad.













