Más de 200.000 olivareros se beneficiarán del "pago único" del IVA
La Dirección General de Tributos ya ha recogido por escrito el compromiso verbal adquirido con el sector del aceite de oliva para compensar el IVA a los agricultores acogidos a módulos
(Noticiascadadía).- A finales de noviembre de 2007 la Dirección General de Tributos emitió una consulta vinculante, realizada por la Confederación de Cooperativas, en la que se indicaba que el importe de la ayuda a la producción de aceite de oliva, reguladas por el reglamento comunitario 136/66 que estuvo vigente hasta que entró el pago único, debía incorporarse en los recibos de compensación que recibían los productores de sus adquirientes (almazaras industriales o cooperativas) cuando entregaba la aceituna beneficiada por tales ayudas.
La interpretación de la Dirección General de Tributos es muy positiva ya que prácticamente da cobertura al conjunto de olivareros de Andalucía que en su mayoría se encuentran dentro del Régimen Especial de IVA, más de 200.000.
La gestión, que en un principio podría parecer sencilla, se complicó por las dudas que se planteaban de las campañas que finalmente podían entrar en compensación de IVA teniendo en cuenta los cuatro años que establece Hacienda para la prescripción.
Tras la reunión mantenida la pasada semana en la Dirección General de Tributos, dicho organismo ha dado respuesta a las consultas que desde el sector se le realizaba por medio de una resolución que da cobertura legal a las gestiones que finalmente van a realizar las almazaras. Con la resolución dictada por la Dirección general se atiende la petición del sector de que entraran las máximas campañas posibles y con toda la cobertura legal.
Por eso se consigue que no sólo la campaña 2003-2004 –que por algunas personas se pensaba que si no se realizaba antes del 31 de diciembre se podía perder la campaña- sino que también la 2002-2003 tiene perfecta cobertura garantizando el cobro a los agricultores y la devolución a las almazaras cooperativas o industriales que son a las que la resolución indica como entidades pagadoras del IVA de compensación de la subvención de las tres campañas finalmente incluidas.
Las fechas a tener en cuenta son las establecidas por los reglamentos comunitarios que fijan los importes definitivos de las ayudas. Es decir, para la campaña 2002-2003, el 19 de julio de 2008. Para la campaña 2003-2004, el 3 de julio de 2009 y para la campaña 2004-2005 hasta el 11 de julio de 2010. Y los importes definitivos serían 103,43 euros por 100 kilos de aceite; 64,03 euros por 100 kilos de aceite y 90,53 euros por 100 kilos de aceite, para las primeras, segunda y tercera campaña, respectivamente.















